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TC declara inadmisible recurso buscaba eliminar párrafo Constitución

SANTO DOMINGO, República Dominicana.-Diversas reacciones han generado el fallo del Tribunal Constitucional que declaró inadmisible un recurso de inconstitucionalidad contra la vigésima disposición transitoria de la Constitución de la República que prohíbe la repostulación del actual mandatario.
Mediante el dispositivo 32/18, los jueces de la Alta Corte declararon conforme la Ley Sustantiva la disposición transitoria 20 establecida durante la reforma del 2015 bajo el argumento de que no pueden declarar inconstitucional la propia constitución.

El recurso contra el transitorio fue sometido por el abogado Fredermiro Ferreras por considerar que vulnera el derecho del actual mandatario.
El referido artículo establece que: “En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al período constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.
El politólogo Freddy Ángel Castro consideró que el fallo representa un respiro para el ex presidente Leonel Fernández quien reciente anunció que buscará la nominación presidencial por el PLD.
Desde el sector empresarial y la sociedad civil consideran que el fallo emitido por el Tribunal Constitucional viene a fortalecer la institucionalidad.
Hace pocos días también la Fundación Institucionalidad y Justicia, la Asociación de Industrias de Herrera, la Fundación Prensa y Derecho, así como otras entidades habían declarado que el Tribunal Constitucional no tenía otro camino que declarar inadmisible el recurso del abogado Fredermiro Ferreras.
La sentencia integra del Tribunal Constitucional deberá contener las opiniones que emitieron el Senado, la Cámara de Diputados y la Procuraduría al ser consultados sobre la citada instancia.


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