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TC declara inadmisible recurso exjuez Arias Valera pide devolución recursos

SANTO DOMINGO-.Desde el 2015 El renunciante juez del Poder Judicial, pide a los tribunales le devuelvan certificados y la suma de tres millones de pesos, que tiene en el Banco de Reservas, esta vez su petición de revisión elevada al Tribunal Constitucional fue rechazada.
El pleno del Tribunal Constitucional integrado por 12 de su trece miembros declaró inadmisible el recurso de revisión constitucional en materia de amparo interpuesto por Arias Valera, contra la Sentencia núm. 040-2017-EPEN-00204, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el veinte (20) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).
Arias Valera en su recurso había planteado “como pueden observar los honorables jueces del Tribunal Constitucional, los valores depositados a nombre del hoy revisor Francisco Alberto Arias Valera y que la agraviante y condenada, Banco de Reservas de la República Dominicana, se niega a entregar, superan los tres millones, RD$ 3,000,000.00, de pesos, por lo cual el monto pedido como astreinte por el mismo, consistente en la suma de cincuenta mil pesos, RD$ 50,000.00, es la suma adecuada, para así poder obligar a dicho agresor y condenado, a entregarles sus valores y los diez mil pesos, RD$ 10,000.00, que fijó la honorable jueza, razón por la cual, procede, que dicho honorable tribunal constitucional, proceda en virtud de lo que establece el artículo 102 de la ley 137-11 orgánica de dicho tribunal y en consecuencia, modifique el ordinal tercero de la decisión No. 040-2017-EPEN-00204, de la segunda Sala Penal del juzgado de 1era instancia del distrito nacional, fijando dicho monto en la suma de cincuenta mil peos RD$50,000.00, que se solicitó en la acción de amparo interpuesta por el hoy revisor Francisco Alberto Arias Valera”.
Sostiene el ex juez que el banco del Estado se niega a cumplir, con el artículo 51 de la constitución de la república, así como, con la sentencia, que le ordena entregar los bienes consistentes en los valores depositados a nombre del hoy revisor.
Fuente: Nuevo Diario 

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