Esta medida está contenida en la resolución no. 18-2024, emitida con el objetivo de establecer el protocolo para la cadena de custodia y seguridad de los recintos electorales por parte de la Policía Militar Electoral.
La resolución en cuestión dispone que, el día de las elecciones, no estarán permitidas la aglomeración de personas en el perímetro de los recintos, desde la 5:00 a. m. hasta finalizar las elecciones. Esto incluye las personas que ya votaron y exime a quienes estén en fila para sufragar.
Asimismo, la Junta definió el “perímetro” de un recinto electoral como las dimensiones de la estructura física de los establecimientos dispuestos y anunciados por la JCE como tales.
¿CÓMO HARÁN CUMPLIR ESTA MEDIDA?
La resolución contiene las acciones a tomar por la Policía Militar Electoral, como mantener despejadas las entradas de los recintos; no permitir el proselitismo de personas con distintivos y gafetes que hagan promoción o activismo a favor de partido políticos.
Tampoco serán permitida la instalación de carpas, mesas o cualquier estructura que facilite la gestión política o campaña electoral por parte personas, dentro, frente o en el perímetro de los recintos electorales.
NO SE PERMITIRÁ EL USO DE CÁMARAS MIENTRAS SE EJERZA EL VOTO
La JCE prohibió usar el celular al elector dentro del colegio electoral, y tomar fotos de las boletas durante el acto de votación. Sin embargo, dentro del recinto electoral sí está permitido el uso.
La Policía Militar Electoral estará encargada de reforzar esta medida.
Fuente: Listin Diario
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