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El Supremo de Venezuela recula y devuelve las competencias al parlamento y la inmunidad a los diputados

EPO-.CARACAS.- El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela ha emitido este sábado dos nuevas sentencias por las que devuelve sus competencias a la Asamblea Nacional del país y ha devuelto la inmunidad a los diputados que la conforman.
Las sentencias (N° 157 y 158) de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con fecha de 1 de abril, otorgan la inmunidad parlamentaria a los diputados de la AN y le devuelve la competencia legislativa al parlamento, según los textos que figuran en la página web oficial de la corte.
En relación a la decisión previa de asumir todas las competencias de la Asamblea Nacional, el organismo judicial anunció en su página web la sentencia 158: “Se Aclara de Oficio la sentencia N° 156 de fecha 29 de marzo de 2017, en lo que respecta al punto 4.4 del dispositivo referido a que la Sala Constitucional garantizará que las competencias parlamentarias sean ejercidas directamente por esta o por el órgano que ella disponga, para velar por el Estado de Derecho; cuyo contenido se suprime”.
En otra aclaratoria emitida este sábado a petición del diputado oficialista Héctor Rodríguez, la Sala Constitucional publicó una sentencia (la 157) en la que establece: “Se Aclara de Oficio la sentencia N° 155 de fecha 28 de marzo de 2017, en lo que respecta a la inmunidad parlamentaria. Se suprime dicho contenido. Se suprime la cautelar 5.1.1 de dicho fallo”.
Esta decisión tiene lugar tras la reunión de emergencia declarada en la noche de este viernes por el Consejo de Seguridad para este sábado con el objetivo de solucionar el ‘impasse’ en el que se encuentra el país tras la decisión del fallo inicial del tribunal.
La convocatoria del presidente Nicolás Maduro del Consejo de Seguridad responde a las diferencias surgidas entre la Fiscalía y el máximo órgano judicial después de que la fiscal general, Luisa Ortega Díaz, se desmarcara de la línea oficial impuesta por el Gobierno y denunciara que las recientes sentencias del TSJ suponen una “ruptura del orden constitucional”.

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