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Se acentúa el presidencialismo en el régimen de Danilo Medina


EPO.-SANTO DOMINGO.-Sin responder los cuestionamientos de la sociedad ni de los comunicadores sociales el presidente Danilo Medina impone cada vez más un régimen unipersonal que subordina los demás poderes e instituciones del Estado y cumple las leyes a la conveniencia coyuntural, aún las aprobadas por el Congreso bajo control de su partido.
Más que nunca ha quedado claro que el mandatario llega al extremo de doblegar el Congreso Nacional pretendiendo imponer a todos los partidos la elección de candidaturas con el padrón universal para abrirse posibilidades de continuidad al frente del Estado o garantizársela a través de un escogido.
Solo Danilo Medina
Solo el extremo presidencialismo puede explicar que la Comisión Bicameral que durante dos legislaturas consecutivas ha avanzado en lograr consenso en torno al proyecto de ley de partidos que se discute durante casi dos décadas, esté paralizada y en ridículo, sin poder cumplir su mandato ni dar justificación ante el Congreso y la nación.
Está a la vista de todos que ni siquiera en su propio Partido de la Liberación Dominicana (PLD) hay consenso para imponer a todo el sistema partidista un único método de elección de candidatos que impera apenas en un puñado de naciones, y no solo lo rechaza un importante sector partidario encabezado por el expresidente Leonel Fernández, sino también casi todos sus aliados agrupados en un Comité Permanente de Partidos.
Cuando el Partido Revolucionario Moderno (PRM) está concluyendo la elaboración de su propio padrón de militantes, parece más que grotesco que se pretenda imponerle que quienes no estén en el mismo tengan igual derecho a elegir las candidaturas de esa agrupación, constituida con apego al artículo 216 de la Constitución que garantiza la libertad de asociación política.
El voto universal dejaría sin sentido el artículo ya consensuado del proyecto de ley que condiciona la entrega del financiamiento estatal al registro del padrón de miembros de cada partido y su actualización cada año. Eso aparte de lo difícil que sería el cómputo simultáneo de los votos de la elección primaria de candidatos municipales, que podrían alcanzar a 12 mil por partidos, tres por cada cargo, dada la experiencia del procesamiento del voto preferencial a poco más de un millar de candidatos a diputados.
Doblegado el Congreso
En realidad el Congreso ha quedado doblegado por la voluntad presidencial después que el Comité Político del PLD fracasó tres veces en ponerse de acuerdo sobre las primarias abiertas, la última vez el 2 de octubre, cuando se anunció que escogerían una comisión de juristas para que determine si sería inconstitucional imponer a los partidos el voto universal en la elección de sus candidatos.
Como en muchos otros temas del debate nacional, el presidente Medina no ha expresado ni defendido su preferencia por el padrón abierto, lo que nadie duda porque sus colaboradores políticos han sido bien explícitos y solo su interés explica el congelamiento del Comité Político de su partido y ahora de la Comisión Bicameral del Congreso.
Pero más de seis semanas después que decidieran la comisión de constitucionalistas, no han podido ponerse de acuerdo para escogerlos y esta semana el secretario general del partido anunció que en vez de los cinco anunciados, serán siete, lo que todavía podría tomar tiempo y más aun para que se pongan de acuerdo. Todo eso indica que caerá otra legislatura a mediados de enero sin que el Congreso pueda decidir. Eso explicaría el comunicado expedido esta semana por el Consejo Nacional de la Empresa Privada, reclamando la aprobación de la Ley de Partidos como fundamental para la institucionalidad democrática, apoyado luego por la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios.
El próximo paso sería que la comisión de juristas se sobreponga al dictamen de inconstitucionalidad de la Suprema Corte de Justicia sobre la Ley 286-04 del 2004 que instituyó la votación obligatoria y simultánea con padrón abierto para las elecciones primarias. De nada ha valido que se recuerde que la Corte actuó en función constitucional y que la Constitución del 2010 del mismo PLD y de la gran mayoría de sus actuales legisladores se consignó un artículo transitorio consignando que le nuevo Tribunal Constitucional no podrá revisar las sentencias previas.

Por Juan Bolívar Diaz

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