Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader repuso al hijo de la diputada Rafaela ‘Lila’ Alburquerque, quien había sido cancelado meses atrás mediante decreto.
Se trata de Claudio Ernesto Eusebio Alburquerque, vicecónsul en Bogotá, Colombia, que había sido cancelado mediante el decreto 558-20 y ayer, el Poder Ejecutivo lo dejó si efecto.
Con la reposición del hijo de la legisladora, también fueron dejado sin efectos otras cancelaciones. También, se designó varios cónsules y vicecónsules.
Se recuerda, que con menos de dos años militando de manera formal en el Partido de la Liberación Dominicana, Rafaela (Lila) Alburquerque, indicó que no abandonó la sesión en la Cámara de Diputados para acudir a la reunión del Comité Político del PLD, como hicieron los legisladores de esa bancada, porque es una libre pensadora.
“Yo estoy segura que los honorables estarán diciendo y por qué se quedó Lila y no se fue también. Maldonado porque yo no soy cobarde, yo voy a dar la cara, porque yo no entiendo como yo voy a presentar unas propuestas de modificación, bien documentadas, explicadas y luego irse”, aseguró.
n efecto mediante el decreto 706-20.Luego aseguró que estaba “madurando y pensando” irse del Partido de la Liberación Dominicana, ya que “un político, que es político de verdad, está en un lugar producto de circunstancias y usted luego quiere volver a sus raíces”.
Lo que habían sido cancelado
Artículo 9. Decreto 510-20. Samuel Esteban Peña Valdez, primer secretario en la Embajada de la República Dominicana en España.
Artículo 28, decreto 551-29. Jorge Luis Espinal Fermín, auxiliar en Panamá.
Artículo 41. Decreto 552-20. Supjeila Romero Almonte, primera secretaria en la embajada de la República Dominicana en Italia
Articulo 5. Decreto 557-20. Irma Milagros Castro Cruz, ministra consejera de la Embajada de la República Dominicana en la República Portuguesa.
Artículo 44. Decreto 557-20. Eugenio Antonio Pérez Peréz, segundo secretario en la Embajada de la República Dominicana en Canadá.
Artículo 36. Decreto 558-20. Claudio Ernesto Eusebio Alburquerque, vicecónsul en Bogotá, Colombia.
Artículo 42. Decreto 558-20. Rolando Cabral, vicecónsul en Curazao.
Articulo 42. Decreto 561-20. Lucinda Ramírez Meléndez, vicecónsul en Madrid, España.
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