La condena fue dictada por el Segundo Tribunal Colegiado de este distrito judicial, que preside la jueza Josefina Ubiera Guerrero, e integran las magistradas Yury Cuevas de la Cruz y Ariella Cedano Núñez, en contra de Luis Alberto Galán Brand, por los hechos cometidos en perjuicio del adolescente, nombre que se omite para proteger su identidad.
Durante el juicio, el Ministerio Público, que estuvo representado por la fiscal litigante Ivette Mateo, demostró ante el tribunal que el hoy procesado violentó el artículo 331 del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97 sobre Violencia de Género, y los artículos 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 396 del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
El expediente instrumentado por el fiscal investigador Bienvenido Polanco, relata que el día 31de marzo del año 2023, alrededor de la 5:00 de la tarde, mientras la madre de la víctima llegaba a su vivienda, observó al procesado escalando por una de las paredes de su casa y en ese momento pasó una patrulla de miembros de la Policía Nacional, quienes lo detuvieron y lo cuestionaron.
Relata que en presencia del acusado y con él dentro de la vivienda, es cuando descubren que estaba abusando sexualmente del menor.
Para corroborar la acción delictiva, el Ministerio Público realizó a la víctima evaluaciones psicológicas y ginecológicas forenses, cuyos resultados establecieron la veracidad de los hechos.
La investigación reveló que el pederasta tenía alrededor de un mes contactando al adolescente a través de las redes sociales, medio que utilizaba para, en reiteradas ocasiones, invitar al menor de edad a que lo visitara en su casa, pero el adolescente se negaba, hasta que accedió a que el agresor lo visitara en su hogar, en donde fue detenido en flagrante delito.
0 Comments:
Publicar un comentario
Saludos a todos