SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Tribunal Constitucional declaró inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad incoada por el abogado Fredermido Ferreras Díaz, contra la disposición transitoria vigésima de la Constitución en busca de que el presidente Danilo Medina pudiera postularse para el 2020.
El dispositivo la Alta Corte rechazó el recurso en razón de que el Tribunal Constitucional no puede declarar inconstitucional la propia Constitución.
En tal virtud continúa vigente la disposición incluida en la Constitución del 2016 que dice: “En el caso de que el Presidente de la República correspondiente al periodo constitucional 2012-2016 sea candidato al mismo cargo para el período constitucional 2016-2020, no podrá presentarse para el siguiente período ni a ningún otro período, así como tampoco a la Vicepresidencia de la República”.
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